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Una empresa no podrá obligar al trabajador a facilitar el teléfono móvil y el correo electrónico en el contrato

Una sentencia del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: «Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible».

Curso de la Cámara de Comercio de Sevilla "Las Empresas ante la normativa sobre Protección de Datos"

Tras el entretenido (debido a la intervención de los asistentes) curso práctico  “Implantación de la LOPD en Despachos de Abogados» de ayer, organizado por la comisión de Protección de Datos en Andalucía en colaboración con en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, anuncio un nuevo curso, “Las Empresas ante la normativa sobre Protección de Datos”, organizado por la Cámara de Comercio de Sevilla, que se celebrará el próximo martes 21 de abril  en horario de tarde (de 17.00 h a 20.30 h), en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla, Carretera de la Esclusa s/n. Edificio Galia Puerto, Sevilla.