El “irresponsable del tratamiento” y el derecho de acceso: del plazo legal al plazo real permitido por la AEPD

Hay entidades que no tomándose muy en serio el cumplimiento de la normativa de protección de datos, no suelen contestar las solicitudes de derechos en materia de protección de datos que los ciudadanos eejercen ante ellos, principalmente los derechos de acceso. Pues bien, cuando el ciudadano que ha ejercido el derecho comprueba que ha pasado un mes desde su solicitud y no le han contestado, es muy posible que sienta cierto enfado y decida reclamar estos hechoa a la Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad de control que corresponda. Una vez que la AEPD recibe esta reclamación, se inicia...

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