Suprimidas las tasas judiciales para las personas

Desde del 2 de marzo de 2015 las personas físicas no tienen que pagar tasas judiciales. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, ya publicado en el BOE, ha modificado la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.