(+34) 954 29 30 31

No existe un derecho al insulto constitucionalmente protegido

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a IU a pagar una indemnización total de 10.000 euros por vulneración del derecho al honor y la intimidad por los comentarios ofensivos hacia un particular publicados en un foro de su web. La Sentencia aclara que los comentarios que califican a este particular de estafador, chorizo, o sinvergüenza, sobrepasan el ámbito de la libertad de expresión, y suponen una intromisión en el derecho al honor, ya que no existe un derecho al insulto constitucionalmente protegido. Es de destacar que este sitio web contaba con sistemas de control, detección o moderación de su contenido, aunque tales controles no funcionaron...

Seguir leyendo