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Abogados y protección de datos

Loa abogados, al igual que cualquier profesional, deben cumplir las exigencias que establecen el RGPD y la LOPDGDD en el ejercicio de nuestra actividad profesional, y en caso de incumplimiento pueden ser sancionados.

Este es el caso de una una abogada que ha sido multada recientemente con 4.000 euros por la AEPD por compartir información personal de un cliente sin su consentimiento a través de WhatsApp. Esta compartió la información con la intención de promocionar sus servicios, por lo que la AEPD consideró que había vulnerado la normativa de protección de datos. Los datos personales compartidos estaban incluidos en una sentencia, y aunque estas son públicas, los datos personales solo deben ser accesibles para aquellos con un interés legítimo y directo. Por ello, las bases de datos que recopilan jurisprudencia deben anonimizar esta información.

La AEPD ha impuesto multas en otros casos en los que abogados infringieron la confidencialidad de la información. Algunos ejemplos incluyen multas por enviar correos electrónicos con datos personales de otros clientes o por no garantizar la confidencialidad de la información.

Las multas a los abogados no suelen ser muy altas en comparación con las que se aplican a compañías tecnológicas, que pueden llegar a los 20 millones de euros, ya que la AEPD aplica un sistema proporcional basado en la gravedad del daño, los beneficios obtenidos y la intencionalidad.

La AEPD también ha multado a una asesoría legal por enviar correos electrónicos para captar clientes utilizando datos del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sin tener una relación previa con ellos.

En definitiva, los abogados deben tener muy claro qué pueden hacer y qué no con los datos personales de los interesados, para así evitar sorpresas indeseadas.

López de Lemus Abogados

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