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¡Feliz día de Internet, protege tu Privacidad!

Hoy, 17 de mayo de 2016, se celebra en España el día de Internet, y este año se dedica a resaltar la importancia de la privacidad y la protección de datos en el mundo online. Por ello, hoy a las 12:30 horas habrá un debate plenario en el Senado sobre "El futuro de la Privacidad en una sociedad digital”, que puede seguirse en directo desde esta dirección: http://www.senado.es/streaming/p1.html. Además, se puede participa a través de Internet o desde el teléfono móvil vía twitter #ddisenado, o en https://www.facebook.com/diamundialdeinternet. ¡Feliz día de Internet, protege tu Privacidad!...

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Carrera contrarreloj para adaptarse a la nueva normativa de Protección de Datos

Hoy, 4 de mayo de 2016, ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. Este Reglamento general de protección de datos sustituye a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y entrará en vigor a los veinte días desde hoy, y será aplicable a partir del 25 de...

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Nueva normativa sobre Protección de Datos

Paquete de protección de datos: el Parlamento y el Consejo ahora cerca de un acuerdo
Comunicado de prensa de la Comisión LIBE – Derechos fundamentales – 15-12-2015 – 21:11

Un «compromiso firme» en la forma de garantizar un alto nivel de protección de datos en toda la UE fue acordado por los negociadores del Parlamento y del Consejo en su última ronda de conversaciones sobre el paquete de protección de datos el martes. Ahora corresponde a los Estados miembros para dar luz verde al acuerdo. Los dos proyectos de ley en el paquete – un reglamento y una directiva – están programadas para un voto de confirmación en la Comisión de Libertades Civiles en la mañana del jueves.

Aclaración a la noticia «Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps»

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado lo publicado en algún medio de comunicación acerca de la sobrevenida ilegalidad (infracción muy grave sancionada con multa de 300.001 a 600.000 €) del uso por parte de las empresas de las herramientas de almacenamiento en la nube como Dropbox o Google Apps. Con el objetivo de informar de forma directa a los responsables que realizan transferencias internacionales de datos a EEUU y ante la inquietud generada por la noticia titulada ?Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps?, la Agencia Española de Protección de Datos...

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Una empresa no podrá obligar al trabajador a facilitar el teléfono móvil y el correo electrónico en el contrato

Una sentencia del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: «Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible».

Artículo en Diario de Sevilla: La multa por los datos publicados puede llegar a los 300.000 euros

Incluimos a continuación un artículo publicado en el Diario de Sevilla en el que colabora el miembro de este despacho, Pedro Rodríguez López de Lemus.

La empresa encargada del funcionamiento de la oficina virtual de la Agencia Tributaria de Sevilla podría enfrentarse a una sanción que llegaría hasta los 300.000 euros. Así se desprende de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que define como infracción grave la falta de protección de información personal, extremo ocurrido en el fallo de seguridad detectado en el enlace relacionado con la Hacienda local. Suerte muy distinta hubiera corrido el Ayuntamiento si la gestión de la web fuera completamente responsabilidad suya, para lo cual la citada ley exime del pago de cualquier multa.