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diciembre
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Siete recomendaciones para las compras online navideñas
Compartimos en este artículo y vídeo siete recomendaciones para vuestras compras online durante estas navidades.
- Antes de nada, debemos asegurarnos de que nos podemos fiar del vendedor. Éste tiene que informarnos en su tienda online cual es su nombre o denominación social, su NIF, su dirección, y las formas de contactar con él; ya que en caso de que exista algún problema con la compra tenemos que saber a quién reclamarle.
- Tras ello, no está de más que busquemos al vendedor en Google y comprobemos lo que otros usuarios dicen de él. Siempre está bien conocer la experiencia de los demás.
- En tercer lugar, antes de adquirir un bien debemos comprobar su disponibilidad y su plazo de entrega, para asegurarnos que nos llegará a tiempo. El vendedor está obligado a ofrecernos esta información previamente a la compra.
- Cuarto consejo, antes de aportar nuestros datos personales para una compra online debemos comprobar que la política de privacidad del vendedor no nos obliga a recibir su publicidad electrónica, ya que además de ser contrario a la normativa, sería un claro indicio de que el vendedor no tiene en cuenta nuestros derechos como compradores online.
- Quinto, una vez que el vendedor nos indique la cantidad total que debemos pagar, transporte e impuestos incluidos, solo debemos utilizar medios de pago que sean de nuestra confianza, como puede ser Paypal o una tarjeta bancaria. Así, en caso de que nos hagan un cobro indebido o fraudulento podremos anular el cargo con tan solo indicárselo a Paypal o a nuestra entidad de crédito.
- Penúltimo, si una vez que nos llega el producto adquirido éste no nos convence, debemos saber que tenemos catorce días para devolvérselo al vendedor sin coste alguno y sin tener que explicarle los motivos de la de devolución. El vendedor está obligado a ampliarnos esta información en sus condiciones generales.
- Séptimo y último consejo, si a pesar de seguir todo lo anterior tenemos algún incidente con la compra podremos acudir a las juntas arbitrales de consumo o juzgados de nuestra localidad, sin que el vendedor pueda obligarnos a que tengamos que reclamar en los de su domicilio, ni aun en el caso de que nos haya incluido esta limitación en las condiciones generales.
Esto es todo, ¡Felices compras!