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Fotos de menores de padres separados en redes sociales

Una fuente habitual de conflicto entre padres separados que comparten la patria potestad de sus hijos menores, aunque solo uno de ellos tenga la guarda, es la publicación en redes sociales de las fotografías de sus hijos, ya que a unos les gusta más que a otros.

Muchos de estos padres y madres piensan que quien decide sobre la oportunidad de la publicación de las fotos de sus hijos menores en las redes sociales corresponde al que tiene la guarda, sin embargo, no es así, ésta es una responsabilidad parental compartida por ambos progenitores.

Así, aclaran los tribunales que el derecho a la propia imagen es un derecho fundamental y la decisión de publicar una fotografía del hijo en una red social pertenece a la esfera de la patria potestad. Es más, los padres como titulares de ésta tienen el deber y la responsabilidad de proteger la imagen de sus hijos menores de edad y evitar, en interés del menor, una sobreexposición del hijo en estos ámbitos.

En definitiva, tal y como señala el Tribunal Supremo, es preciso el acuerdo de ambos progenitores para poder publicar imágenes del hijo común en las redes sociales.

Pedro López de Lemus Rodríguez

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