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¿Son legales los sistemas antipiratería que localizan la dirección IP del usuario?

Hay aplicaciones y programas informáticos que incorporan sistemas antipiratería que cuando detectan su uso sin licencia transmiten datos identificativos del usuario al propietario de la aplicación para que este pueda identificarle y reclamarle su precio. Estos sistemas deben cumplir el RGPD, por lo que tiene que existir una base jurídica que legitime ese tratamiento.

Podrían darse dos bases legitimadoras, la primera, el interés legítimo del propietario en identificar a los usuarios ilegales siempre que prevalezca sobre el derecho de estos a no ser identificados. Sin embargo, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 29 de enero de 2008, aclara que el interés legítimo del propietario no prevale sobre la protección de los datos personales del usuario ilegal; y lo basa en tres fundamentos: primero, que las normas europeas y nacionales sobre propiedad intelectual prevén la protección de los datos personales; segundo, que el derecho a explotar una obra protegida por parte de su propietario que establece la LPI no es absoluto; y tercero, que existen otros mecanismos menos invasivos para evitar la piratería.

La segunda base jurídica que podría legitimar el tratamiento consistiría en que el interesado diera su consentimiento para ser identificado. Sería posible entender que este presta su consentimiento, si antes del uso de la aplicación se le advirtiera claramente que el utilizarla significará que consiente ese tratamiento, y para ello, debería implantarse algún medio técnico que asegurara la lectura de dicha advertencia por parte del usuario, como por ejemplo, una casilla claramente visible no premarcada que permitiera acreditar la prestación de ese consentimiento.

En definitiva, el propietario de una aplicación solo podrá usar sistemas antipiratería que obtengan datos identificativos del usuario con su consentimiento inequívoco, independientemente de que haga un uso legal o ilegal de la aplicación.

Pedro López de Lemus Rodríguez

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