¿Vale el consentimiento de uno de los padres para la difusión de imágenes de un menor por terceros?

En el contexto actual, donde la difusión de imágenes de menores (de 14 años) en entornos escolares, deportivos o sociales es cada vez más habitual, se plantea una cuestión jurídica relevante: ¿puede uno solo de los progenitores prestar un consentimiento válido para que terceros (como centros educativos o asociaciones) difundan imágenes de un menor? La respuesta requiere un análisis desde el marco del derecho a la propia imagen, la protección de datos personales y la normativa civil relativa a la patria potestad. Según el artículo 3 de la Ley Orgánica 1/1982, el consentimiento para el uso de la imagen de menores...

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Ocultar el rostro en una imagen puede convertir un dato personal en anónimo

Una empresa de diseño de trajes de novia utilizó, en su propia cuenta de Instagram, una fotografía que una cliente había publicado previamente en esta misma red social con motivo del día de su boda, tapando previamente el rostro de la cliente con un círculo negro. La cliente denunció estos hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que impuso a la empresa una multa de 10.000 € por haber tratado datos personales sin una base legitimadora suficiente, que en este caso habría sido el consentimiento de la cliente para la publicación de su imagen. La empresa recurrió esta Resolución...

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10.000 € por publicar en Instagram la foto de un menor sin el consentimiento de los padres

Una reconocida empresa organizadora de eventos y fiestas infantiles ha sido multada con 10.000 euros por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por publicar fotos de niños en Instagram sin el debido consentimiento, violando el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esta sanción se originó a raíz de la denuncia de una madre cuya hija de 4 años asistió a una fiesta organizada por esta empresa en agosto de 2022. Al descubrir que fotos de la celebración, incluyendo imágenes de su hija, fueron compartidas en Instagram sin el consentimiento de los padres, esta madre contactó...

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Publicar una foto en Facebook no autoriza su publicación por un tercero

La Sentencia del Tribunal Constitucional 27/2020, de 24 de febrero, ha declarado que si un usuario cuelga una foto con su imagen en abierto en su perfil de Facebook, este está permitiendo el libre acceso a la misma, y por tanto, cualquier internauta tiene derecho a ver esa fotografía. No obstante, ello no supone que este usuario pierda la facultad de impedir la publicación de su imagen por parte de terceros, que siguen necesitando del consentimiento expreso del titular para poder publicar su imagen....

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