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Una empresa no podrá obligar al trabajador a facilitar el teléfono móvil y el correo electrónico en el contrato

Una sentencia del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: «Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible».

Los sitios web han de cumplir con el depósito legal

El depósito legal es, tal y como se señala en la Ley 23/2011, de 29 de julio, la institución jurídica que permite a la Administración recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, sea ésta gratuita u onerosa, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España en cada momento histórico.

Artículo en Diario de Sevilla: La multa por los datos publicados puede llegar a los 300.000 euros

Incluimos a continuación un artículo publicado en el Diario de Sevilla en el que colabora el miembro de este despacho, Pedro Rodríguez López de Lemus.

La empresa encargada del funcionamiento de la oficina virtual de la Agencia Tributaria de Sevilla podría enfrentarse a una sanción que llegaría hasta los 300.000 euros. Así se desprende de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que define como infracción grave la falta de protección de información personal, extremo ocurrido en el fallo de seguridad detectado en el enlace relacionado con la Hacienda local. Suerte muy distinta hubiera corrido el Ayuntamiento si la gestión de la web fuera completamente responsabilidad suya, para lo cual la citada ley exime del pago de cualquier multa.

Suprimidas las tasas judiciales para las personas

Desde del 2 de marzo de 2015 las personas físicas no tienen que pagar tasas judiciales. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, ya publicado en el BOE, ha modificado la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Curso LOPD en el ICAS

Recientemente se ha celebrado en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla un curso sobre implantaciones LOPD impartido por nuestro compañero Pedro Rodríguez López de Lemus. El objetivo del mismo fue que los abogados aprendieran a implantar las exigencias de la normativa de protección de datos en sus despachos y en sus clientes....

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La APDCAT advierte del peligro de medidas de seguridad excesivas en el escenario antiterrorista

La Directora de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT), M.Angels Barbarà, considera que "no deberíamos dejar que la conmoción por los atentados de París y la amenaza de nuevas acciones terroristas restrinjan injustificadamente la privacidad de las personas. La privacidad es un derecho que tiene un carácter instrumental que nos permite desarrollar libremente nuestra personalidad y ejercer plenamente otras libertades como la religiosa, la ideológica, de asociación, de movimientos, etc". La Directora de la APDCAT considera que la coyuntura actual y el temor a nuevos atentados obliga a tomar medidas que afectan la privacidad pero a la vez advierte...

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